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Preguntas Frecuentes



 Afiliado Independiente

1.  ¿Qué es el Seguro Social Obligatorio (S.S.O.)?
2.  ¿Quiénes participan en la Reforma Previsional del Seguro Social Obligatorio?
3.  ¿Cuáles son las prestaciones del S.S.O.?
4.  ¿Quiénes son los derechohabientes de Primer Grado y qué beneficios reciben en el S.S.O.?
5.  ¿Quiénes son los derechohabientes de Segundo Grado y que beneficios Reciben en el S.S.O.?
6.  ¿Quiénes son los derechohabientes de Tercer Grado y qué beneficios reciben?
7.  En qué consiste la Prestación por Gastos Funerarios - F.C.I., quiénes son los beneficiarios, por qué fondo está financiado?
8.  ¿En qué consisten los retiros mínimos?
9.  ¿Quiénes pueden recibir retiros mínimos?
10.  ¿Cuáles son las condiciones para que un afiliado registrado pueda acceder al traspaso de una AFP a otra?
11.  ¿Cuáles son las cotizaciones voluntarias que realiza el afiliado aportante al S.S.O.?
12.  ¿Qué es el Ingreso Cotizable?
13.  ¿Qué es el valor cuota?
14.  ¿Qué es el Capital Acumulado?

 Afiliado Dependiente

Afiliado Independiente

 

1.  ¿Qué es el Seguro Social Obligatorio (S.S.O.)?

Es el Seguro Social Obligatorio a Largo Plazo, que tienen todos los Afiliados a las AFP (dependientes e independientes laboralmente), que comprende las prestaciones de jubilación, invalidez, muerte, riesgo común y riesgo profesional, en favor del afiliado. 

2.  ¿Quiénes participan en la Reforma Previsional del Seguro Social Obligatorio?

Los participantes de esta reforma previsional son: AFP’s, Afiliados, Empleadores y la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros a través de la Intendencia de Pensiones. 

3.  ¿Cuáles son las prestaciones del S.S.O.?

Las prestaciones del S.S.O. son:
  1. Prestaciones de Jubilación.
  2. Prestaciones por Invalidez y Muerte por Riesgo Común.
  3. Prestaciones por Invalidez y Muerte por Riesgo Profesional o Laboral.
  4. Prestaciones de Gastos Funerarios.
 

4.  ¿Quiénes son los derechohabientes de Primer Grado y qué beneficios reciben en el S.S.O.?

Son, en orden de prelación, el cónyuge o conviviente supérstite, mientras no contraiga nuevo matrimonio o sostenga relación de convivencia, y los hijos del afiliado, éstos sin prelación entre sí, desde concebidos aún no nacidos hasta los 18 años de edad, los hijos que sean estudiantes hasta los 25 años o los que sean declarados inválidos antes de cumplir los 25 años, mientras vivan. Al fallecimiento de un afiliado o pensionado, tienen derecho al pago de pensiones por muerte del seguro de riesgo común, riesgo profesional o riesgo laboral y del Contrato de Pensión de Mensualidades Vitalicia Variable o Seguro Vitalicio, de acuerdo al porcentaje de asignación determinado en la Ley de Pensiones, siempre y cuando cumplan los requisitos de cobertura y acreditación 

5.  ¿Quiénes son los derechohabientes de Segundo Grado y que beneficios Reciben en el S.S.O.?

Son, en orden de prelación, los padres, en ausencia de estos los hermanos menores de 18 años de edad del afiliado siempre y cuando éstos sean declarados previamente por el afiliado.
Para beneficiarse con el pago de pensiones por muerte del seguro de riesgo común, riesgo laboral o riesgo profesional y del Contrato de Pensión de Seguro Vitalicio o Mensualidades Vitalicias Variables, deberán estar expresamente declarados por el afiliado a la AFP o entidad aseguradora y debidamente acreditados.
A los padres les corresponde el 20% de pensión a cada uno, y a los hermanos el 10% a cada uno. La suma de los porcentajes de asignación de éstos derechohabientes, no podrá exceder el 60% del salario base.  

6.  ¿Quiénes son los derechohabientes de Tercer Grado y qué beneficios reciben?

Son los derechohabientes que el afiliado en el momento de jubilación tiene derecho a declarar, siempre y cuando éste no cuente con derechohabientes de primer y segundo grado, cuando contrate Seguro Vitalicio o Mensualidad Vitalicia Variable, según corresponda. Podrán reclamar únicamente sus derechos a pensión por muerte de afiliados fallecidos con pensión de jubilación. 

7.  En qué consiste la Prestación por Gastos Funerarios - F.C.I., quiénes son los beneficiarios, por qué fondo está financiado?

La Prestación por Gastos Funerarios, consiste en el pago de una sola vez, con mantenimiento de valor respecto al dólar estadounidense, a favor de la persona que acredite haber efectuado el pago de los Gastos Funerarios del Afiliado. Esta prestación, está financiada por la cuenta de siniestralidad, cuando la muerte ha sido a causa de un accidente o enfermedad de un Riesgo Común, o Riesgo Profesional  

8.  ¿En qué consisten los retiros mínimos?

Consiste, en la devolución del Capital Acumulado o una fracción de este hasta que se agote, en montos equivalentes al 70% de su "Salario Base".  

9.  ¿Quiénes pueden recibir retiros mínimos?

  1. Afiliados mayores a 60 años cuyo Capital Acumulado no sea suficiente para el pago de una Pensión de Vejez Vitalicia de al menos el 70% del salario base.
  2. Afiliados inválidos, que no cumplen los requisitos para obtener Pensión en el Seguro por Riesgo Común
  3. Derechohabientes, de afiliados fallecidos, que no cumplan con los requisitos para obtener pensión en el Seguro por Riesgo Común
  4. Derechohabientes que no retiran Cotizaciones Adicionales o Depósitos de Beneficios Sociales al fallecimiento del afiliado.
  5. Afiliados, que habiendo suscrito un contrato de jubilación de MVV o SV tuviera aporte acreditados con posterioridad a la fecha de solicitud de jubilación que dio origen a dicho contrato.
 

10.  ¿Cuáles son las condiciones para que un afiliado registrado pueda acceder al traspaso de una AFP a otra?

  1. Haber efectuado 12 cotizaciones en la AFP de origen.
  2. Incremento en las comisiones en AFP de origen.
  3. Incremento en las Primas por Riesgo Común.
  4. Cambiar de empleador o de lugar de trabajo donde la AFP de origen no preste servicios, en este caso no se necesita tener las 12 cotizaciones.
 

11.  ¿Cuáles son las cotizaciones voluntarias que realiza el afiliado aportante al S.S.O.?

  1. Cotizaciones Adicionales.
  2. Depósitos Voluntarios de Beneficios Sociales.
 

12.  ¿Qué es el Ingreso Cotizable?

Es el ingreso mensual de una persona sin relación de dependencia laboral, que libremente declara a efecto del pago de cotizaciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo. Los ingresos mensuales declarados no podrán ser inferiores a un salario mínimo nacional, ni superiores al equivalente a (60) veces el salario mínimo nacional vigente.  

13.  ¿Qué es el valor cuota?

Es un indicador del rendimiento o rentabilidad del dinero que conforma el Fondo de Capitalización Individual. Es el precio de la cuota a un momento determinado. Por ejemplo, si el monto aportado es de Bs. 1.000 y el valor de la cuota es de Bs. 100, el afiliado compra 10 cuotas. 

14.  ¿Qué es el Capital Acumulado?

Es el total acumulado de los recursos existentes en la Cuenta Individual del Afiliado, está compuesto por:
  1. Cotización Mensual.
  2. Cotización Adicional.
  3. Depósitos Voluntarios de Beneficios Sociales.
  4. Rentabilidad.
  5. Cotización Adicional.
  6. Depósitos Voluntarios de Beneficios Sociales.
  7. Rentabilidad.

Afiliado Dependiente

 

1.  ¿Cuál es plazo de pago de Contribuciones de afiliados Independientes?

El Pago de Contribuciones que realizan los afiliados Independientes, debe ser hasta el quinto día hábil de cada mes, no pudiéndose realizar pagos retroactivos; los pagos efectuados después de esta fecha deberán ser acreditados para el mes siguiente.  

2.  ¿Cuáles son las características de la afiliación y registro de Trabajadores Independientes?

  1. La Afiliación es voluntaria.
  2. Deben efectuar la primera cotización para poder proceder al Registro.
  3. Las cotizaciones deben estar calculadas sobre un ingreso no menor al salario mínimo nacional vigente, ni sobre un ingreso mayor a 60 veces el salario mínimo nacional.
 

3.  ¿Cuáles son los requisitos para el registro de trabajadores independientes?

  1. Fotocopia del Documento de Identidad.
  2. Fotocopia del Pago de la primera cotización.
  3. Pagar dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes.
   

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